DESCRIPCIÓN
DEL CASO NÚMERO 1
Federico es aprendiz de un
programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a
distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le
ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece
la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la
visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el
carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca
ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de
bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la
modalidad presencial.
ANALISIS
DEL CASO
De acuerdo con el Reglamento de
Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta argumentada a los
siguientes cuestionamientos:
1 ¿Qué
respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se
basaría?
Según el ARTÍCULO 3 de los principios
generales se considera aprendiz SENA a toda
persona matriculada en los programas de formación profesional de la
entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las
diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe
ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e
inseparables en su proceso formativo.
En el ARTÍCULO 7 de los derechos
del aprendiz Sena NUMERAL 4 cita: Recibir en el momento de la legalización de
su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.
Por todos estos aspectos podemos
concluir que si Federico hace 4 meses empezó su proceso de formación tiene
derecho a contar con un carné que lo acredite como aprendiz Sena.
2 En
relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le
dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
La respuesta de la líder fue
equivocada, como hemos visto anteriormente en el reglamento: todo estudiante
tiene derecho a contar con un carné que lo acredite como aprendiz Sena; por
tanto la líder debe expedir un carné para Federico en el menor tiempo posible y
reconocer ante el que cometió un error.
DESCRIPCIÓN
DE CASO NÚMERO DOS
Nicolás es un aprendiz del
programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres
meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de
formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás
desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados
para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita
a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo
va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme
encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en
el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con
su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa
solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere
hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
De acuerdo con la intención de
Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación
de las evidencias presentadas:
1 ¿En qué
capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás
para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
En el ARTÍCULO 7 de los
derechos del aprendiz Sena; ítems (8, 11 y 12) cita:
8. Ser escuchado y atendido en
sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades
que se puedan presentar en su proceso de
formación
11. Ser evaluado objetiva e
integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de
aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los
resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas,
cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o
cancelación del registro de matrícula.
12. Solicitar, de manera
respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que
el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este
Reglamento.
Felicitaciones!
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